25/10/2012
¿QUE ES LA OBJECION DE CONCIENCIA?
ANTES QUE LO LEGAL ESTÁ LO MORAL
Por Martín Patrito
La objeción de conciencia consiste en el incumplimiento de una obligación de naturaleza legal, cuya realización produciría en el individuo una grave lesión en la propia conciencia. Para poder diferenciarla de figuras afines, es importante tener en cuenta que lo que el objetor persigue -su intención-, no es obstruir u obstaculizar la norma legal, sino obtener el legítimo respeto a su propia conciencia.
La objeción de conciencia, en cuanto dimensión externa de la libertad ideológica y de conciencia, es un pilar esencial en toda sociedad democrática. Además, posee especial relevancia en el debate bioético, al tratarse de una vía muy adecuada para solucionar los conflictos ético-legales.
Definición de objeción de conciencia
Se puede considerar a la objeción de conciencia como una forma de resistencia hacia una norma, siempre que dicha reserva se produzca por la aparición de un conflicto entre las obligaciones morales o religiosas de la persona y el cumplimiento de un precepto legal.
Se trata, por lo tanto, de un enfrentamiento entre un deber moral y un deber legal. El contraste de ambas normas "induce al sujeto, en base a profundas convicciones ideológicas, a decantarse por el dictado del deber moral y a negarse a acatar la orden del poder público, por estimar que está en juego algo esencial e irrenunciable a la persona humana".
Antecedentes históricos
A lo largo de la historia, han sido relativamente frecuentes las tensiones entre los preceptos legales y los dictados de la conciencia. Ello ha generado situaciones de incumplimiento de alguna disposición estatal por parte de individuos o grupos de una determinada sociedad.
Así, por ejemplo, en el Antiguo Testamento se pueden encontrar varios ejemplos próximos a lo que hoy se considera objeción de conciencia. Uno de ellos tiene relación con los profesionales de la salud. Se trata del pasaje que relata cómo el Faraón de Egipto ordenó a las comadronas, que asistían en el parto a las mujeres hebreas, que dieran muerte a los hijos varones. Las comadronas, que temían a Dios, no obedecieron al rey de Egipto y dejaron con vida a los niños.
En la evolución histórica de la objeción de conciencia, se pueden observar dos etapas diferenciadas:
Por ello, en las últimas décadas se aprecia en la legislación de los diversos países una clara tendencia a vincular la objeción de conciencia con la libertad ideológica y de conciencia en general, sin exigir la adhesión a un cierto credo religioso o ideológico.
En el nuevo planteamiento de la objeción de conciencia también hay que destacar su transformación, desde una situación de carácter estrictamente privado (un "drama personal"), hasta el reconocimiento de una dimensión pública. En un principio, los objetores acataban cualquier pena (hasta la de muerte), sin pretender el reconocimiento del Derecho.
Sin embargo, en la actualidad se apela a un derecho a la objeción de conciencia, incluso a no ser discriminado, ni sancionado, por mantener una actitud objetora. La objeción de conciencia recibe, actualmente, una mayor atención por parte del Derecho. La razón de ello puede ser la mayor preocupación existente por encontrar un equilibrio entre mayorías y minorías, así como el intento de integración de estas.
Por el contrario, en las sociedades antiguas, unidas, por grado o por la fuerza, alrededor de creencias determinadas no había, en general, espacio para lo diverso. En realidad, en dichas estructuras sociales se sojuzgaba o eliminaba al discrepante. De este modo quedaba erradicado de raíz cualquier posible planteamiento sobre la objeción de conciencia.
Libertad de conciencia
La objeción de conciencia es una derivación de la libertad de conciencia. Esta implica la garantía, por parte de los poderes públicos y los ciudadanos, de que el juicio personal y la actuación que del mismo se deriva, se va a realizar sin interferencias o impedimentos de cualquier tipo. Dado que la conciencia solo se predica de la persona singular, la libertad de conciencia tiene por titular, únicamente, a las personas individualmente consideradas, y no a las comunidades o grupos.
La libertad de conciencia no se ejerce en abstracto. Implica, por parte del propio individuo, la aplicación de un principio objetivo general a las circunstancias particulares en las que el mismo se encuentra.
Así, por ejemplo, entender que el aborto es un homicidio, y defender este punto de vista, implica un determinado razonamiento (que puede apoyarse en razones biológicas, filosóficas, religiosas, o en todas ellas conjuntamente). No obstante, este enjuiciamiento remite, tan solo, a la dimensión interna de la libertad de conciencia. La necesaria (y complementaria) dimensión externa operaría cuando, por ejemplo, la norma legal obligara al médico a llevar a cabo un aborto.
La conciencia sitúa a la persona en relación, no ya con la verdad o el bien en cuanto conocidos, sino con la verdad o el bien que exigen de él, como deber ético, una conducta determinada.
Como es fácil de comprender, los problemas que se generan con respecto a la libertad de conciencia surgen, no cuando esta efectúa su razonamiento práctico, sino cuando la persona pretende comportarse de acuerdo con la opción escogida. Y ello, porque tal decisión puede entrar en conflicto con las disposiciones legales vigentes, los derechos ajenos, la seguridad pública, la paz o la moral social.
Características de la objeción de conciencia
La objeción de conciencia se caracteriza por las siguientes notas:
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