lunes, 17 de junio de 2013
PROFESIÓN DE LA FE VERDADERA DE LA IGLESIA CATOLICA SEGÚN LA TRADICIÓN BIMILENARIA
Por Dr. Homero Johas
1.- Creo
e la divinidad de Nuestro Señor Jesucristo
2.- Creo en la unidad de fe y de gobierno
3.- Creo en la identidad perpetua del sentido de la
fe
4.- Creo que no existe el libre-examen de las
Sagradas Escrituras
5.- Creo en el deber de confesar públicamente la fe
6.- Creo en la distinción entre la verdad y el error;
y no en la igualdad indiferente
7.- Creo que no existe el derecho de seguir la
verdad libremente
8.- Creo que está fuera de la Iglesia la religión
ecuménica
9.- Creo en el gobierno monárquico divino y no
democrático humano de la Iglesia
10.- Creo que los cargos de la Iglesia están
vacantes por herejía pública existiendo el deber de extinguir rápidamente la
vacancia
11.- Creo en la nulidad de las Misas y Sacramentos
de la "nueva iglesia"
12.- Creo en todos los otros articulos de la fe
universal católica
13.- Creo en la nulidad del Concilio Vaticano II
* Considerando que, a partir del año de 1958, aparecen
entre los miembros de la Iglesia Católica, “papas”, obispos, sacerdotes y
legos, pregonando doctrinas nuevas, heréticas, renovando las herejías ya
anteriormente condenadas por el Magisterio universal de la Iglesia, contrarias a
la fe verdadera universal predicada por ese Magisterio durante 2000 años, por
260 papas y por 20 Concilios ecuménicos ortodoxos, para todos y cada uno de los
miembros visibles de la Iglesia Católica.
* Considerando grave deber de consciencia perseverar hasta
el fin de los tiempos en la universal y única fe verdadera, común a todos los
fieles en todos los tiempos y participar de la unidad Universal del "Coetus
fidelium" por parte de todos los fieles esparcidos por todos los rincones
de la Tierra, en esa fe verdadera universal.
*
Confesamos y profesamos todos los artículos de la fe verdadera universal del Magisterio
tradicional de la Iglesia Católica, sin nada agregarle, retirarle o mudarle, y rechazamos
las doctrinas opuestas predicadas por el Concilio Vaticano II, ya condenadas a
perpetuidad, por la autoridad divina de la Sede de Pedro.
* Con los Papas San Martin e Inocencio XIII, rechazamos
como persona excomulgada y fuera de la Iglesia a todos los que, consciente y
pertinazmente defendieron, defienden o defenderán tales doctrinas de esa "nueva
iglesia", como violadores de la unidad de fe y de gobierno de la
verdadera Iglesia Católica.
* Creemos y confesamos con Paulo IV y con las normas del
Derecho Canónico, que tales personas están "ipso facto"
fuera de la Iglesia, sin declaración de cualquier autoridad válida de la Iglesia
Católica.
* Y que por eso, por delito público contra la unidad de la
fe, todos y cada uno de los actos de jurisdicción ordinaria practicados por los
“papas”, obispos y pseudo-sacerdotes de la "nueva iglesia", son
nulos e inválidos ante la única verdadera Iglesia Católica.
* A
partir del momento en que cada uno comenzó a adherirse e predicar o defender públicamente
las herejías de la "nueva iglesia", principalmente contra las
doctrinas de la fe aquí referidas, sin excluir las otras que, por brevedad, no
nos referimos.
1.- CREO EN LA DIVINIDAD
DE NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO
Creo y confieso firmemente que la Persona de Nuestro Señor
Jesucristo es la de un verdadero Dios y la de un verdadero hombre, Criador, Rey,
Redentor, Legislador y Cabeza divina única de la verdadera Iglesia Católica
instituida por Él, como obra divina y que, estando muerto, por su poder divino
resucitó de entre los muertos y que con divina autoridad, por medio de la Sede
de Pedro, manda doctrinas que deben ser cridas y mandamientos que deben ser
obedecidos, como condición de salvación eterna.
* Credo niceno-Constantinopolitano
* Concilio de Trento: D.S. 1569 / 1570 / 1571
* León XIII - Annum sacrum
* Sao Pio X - Lamentabili - D.S. 3428
*
Concilio de Florencia - D.S. 1351
2.- CREO EN LA UNIDAD DE
LA FE Y DEL GOBIERNO
Creo y confieso firmemente que existe el deber de mantener
la unidad y la unicidad de la fe universal verdadera, enseñada por el Magisterio
dogmático y canónico de la Iglesia (Ef. IV, 5), con el deber de subordinación jerárquica
a la autoridad divina de los verdaderos y fieles ministros de Dios, juzgando
que están "ipso facto" separados de la Iglesia y fuera
de ella, por la naturaleza de su delito, todos los que no aceptan un solo punto
de la fe universal y no conservan la unidad de gobierno y de comunión con todos
los otros miembros visibles del Cuerpo Místico de Cristo.
* Concilios V, VI, VII, VIII, XX (D.S. 3060)
* Papas: San Simaco, Vigílio, San León II,
Adriano I, Adriano II, Inocencio III, San Pio V, Paulo IV, Bonifacio VIII,
León
XIII, Pio XII.
*
Concilio de Constanza: contra Benito XIII y Juan XXIII
*
Derecho Canónico, C. 188,4
*
Paulo IV - Cum ex apostolatus
*
León XIII - Satis cognitum
* Pio XII - Mystici Corporis, D.S. 3802 - 3803
3.- CREO EN LA IDENTIDAD PERPETUA DEL SENTIDO DE LA
FE
Creo
Y confieso firmemente que debe ser perpetuamente conservada la integridad
inviolada del credo tradicional enseñado por el Magisterio universal de la Iglesia,
solemne u ordinario, siempre en el mismo sentido, sin doctrina nueva, sin nada
aumentado, retirado o cambiado con el pretexto de mejor entendimiento, bajo
pena de exclusión "ipso
facto" de la Iglesia Católica.
*
Símbolo atanasiano, D.S. 75
*
Concilio Vaticano I - D.S. 3011 - 3020 - 3043 - 3070
*
VII Concilio - Adriano I - D.S. 603
*
León XIII - Satis cognitum
* San Agatón - Consideranti mihi
4.- CREO QUE NO EXISTE LIBRE EXAMEN DE LAS SAGRADAS
ESCRITURAS
Creo
y profeso firmemente que la interpretación de las Sagradas Escrituras y de la
Tradición fue confiada por Dios solamente al Magisterio universal de la Sede de
Pedro, sin libertad de examen y de opiniones, lo mismo por parte de teólogos
católicos, siendo herético levantar el juicio propio y la opinión propia
contra el Magisterio universal de la Iglesia, solemne u ordinario, ya existente
sobre materia de fe y de costumbres.
*
Concilio de Trento - D.S. 1507
*
León X - Exsurge Domine - D.S. 1479
*
San Pio X - Pascendi; Lamentabili,
D.S. 3422
* Pio XII - Humani genereis - D.S. 3885 - 3886
5.- CREO EN EL DEBER DE CONFESAR PUBLICAMENTE LA FE
VERDADERA
Creo y confieso firmemente que, siendo la Iglesia Católica, por Derecho divino,
externa y visible, todos están obligados a confesar públicamente la verdadera fe
católica, siempre que sea públicamente negada o pervertida por otros, constituyendo
el silencio una implícita negación de la fe, un desprecio de la religión, una injuria
a Dios o un escándalo para el prójimo.
*
Rom. X, 10
*
Canon 1325
*
San Martin, Letrán 649; Can. XVIII
* Clemente XI - Vineam Domini; D.S. 2390
6.- CREO EN LA DISTINCIÓN ENTRE LA VERDAD Y EL ERROR
Y NO EN LA INDIFERENTE IGUALDAD
Creo
y confieso firmemente que existe una diferencia esencial y distinción absoluta
entre la verdad y el error, fe verdadera y herejía, fieles e infieles, Templo
de Dios y templo de los ídolos; Iglesia Católica y religiones paganas o
heréticas, siendo deber grave negar el Indiferentismo de credos, la igualdad
entre la religión verdadera y las falsas, la unión ecuménica, promiscua, de
todos los hombres infieles.
*
2 Cor. VI, 14-18
*
Gregorio XVI – Mirari vos - D.S. 2730
*
Pio IX - Quanta Cura - Syllabus -
D.S. 2915
*
León XIII - Immortale Dei
* Pio XI - Mortalium ánimos
7.- CREO QUE NO EXISTE
DERECHO DE NO SEGUIR LA VERDAD
Creo
y confieso firmemente que, por necesidad de consciencia y por Derecho divino,
no existe derecho de no seguir la verdad universal necesaria, común a todos, en
materia religiosa y moral, ya en el orden natural, o en el orden de la revelación
externamente, sobrenatural, no siendo lícito y verdadero el Individualismo
relativista, en el cual cada uno profesa su fe, su norma propia, su criterio libre,
siendo ley para si mismo, sin subordinación jerárquica a la Sede de Pedro.
*
Rom. XIII, 1-7
*
Gregorio XVI – Mirari vos - D.S. 2730
*
Vaticano I -D.S. 3074
*
Pio IX - Quanta cura; Syllabus, D.S.
2915
* León XIII - Immortale Dei
8.- CREO QUE ES FALSA UNA RELIGION ECUMENICA
Creo
y confieso firmemente que la religión verdadera, extiende los limites de la
verdad y del bien, dado por el único verdadero Dios, no puede existir fuera de
esos limites universales y necesarios de la verdad natural y de la verdadera fe.
La religión falsa extiende la universalidad ecuménicamente para todos los erros
y falsedades, fuera de los límites de la verdad
y del bien.
*
Salmo XXV, 5
*
Concilio Florencia - D.S. 1351
*
Concilio de Trento - D.S. 1569 a 1571
*
San Nicolás - D.S. 638 - 640
*
Gregorio XVI – Mirari vos - D.S. 2730
*
Pio IX - Syllabus - D.S. 2915 a 2918
*
León XIII - Satis cognitum
*
San Pio X - Pascendi; Notre charge
*
Pío XI - Mortalium animus
*
Pio XII - Ci riesce
9.- CREO EN EL GOBIERNO MONARQUICO DE LA IGLESIA POR
DERECHO DIVINO
Creo
y confieso firmemente que Nuestro Señor Jesucristo instituyó en su Iglesia una
forma monárquica de gobierno, donde el poder supremo viene directo e inmediato
de Dios para el Sucesor de Pedro, electo legítimamente, y no en un gobierno donde
el poder supremo viene del pueblo, por Democracia, a través de representantes de
las Iglesias, iguales y libres, independientes y autónomos, cada uno con poder
propio y con un poder supremo colegiado.
*
Concilio Vaticano I - D.S. 3051 - 3055
*
Pio VI - Auctorem fidei, D.S. 2602 a
2608 e 2592 a 2579
*
Inocencio X - D.S. 1999
*
Eugenio IV - Etsi non dubitemus
*
San Pio X - Notre Charge y D.S. 3555
* León XIII - Diuturnum - Satis cognitum
*
Pio IX - Qui pluribus
*
Pio XI - Mortalium ánimos
* San Bonifacio, D.S.
233
10.- CREO EN LA VACANCIA DE LOS CARGOS DE LA IGLESIA
Y EN EL DEBER DE EXTINGUIRLA
Creo
y confieso firmemente una incompatibilidad absoluta entre fe y herejía, por la
que los cargos de los “papas” y obispos que caen en herejía están "ipso facto" vacantes, teniendo
los fieles el deber gravísimo de rápidamente extinguir la vacancia, pues Dios
no manda cosas imposibles.
*
Paulo IV - Cum ex apostolatus
*
Inocencio III - Sermones II e IV
*
Adriano II - Carta a VIII Concilio
*
Pio XII - Mistici Corporis - D.S.
3803
*
León XIII - Satis cognitum
*
Canon 188,4 -167
*
San Pio X - Vacante Sede Apostólica
*
Vaticano I;- D.S. 3050 - 3058
*
Trento – D.S. 1568
* Inocencio X - D.S.
2001
11.- CREO EN LA NULIDAD DE LAS MISAS Y SACRAMENTOS
DE LA “NUEVA IGLESIA”
Creo y confieso firmemente que por
ausencia de ministro capaz, de intención debida y de forma prescrita, los
ministros de la "nueva iglesia",
recibiendo el poder de Orden del pueblo, y no de Dios por Sucesión apostólica, sus
Sacramentos y Misas son nulos.
*
Concilio de Florencia - Exultate Deo,
D.S. 1313
*
Concilio de Trento - D.S. 1604 a 1610; 1751 a 1753
*
Rúbricas del Misal Romano
*
León XIII - Apostolicae curae - D.S.
3315
* Pio XIII - Mediator Dei, D.S. 3847 - 3849 - 3852 -
3853
12.- CREO EN LOS OTROS ARTICULOS DE FE DE LA IGLESIA
CATOLICA
Creo y confieso firmemente todos y
cada uno de los otros artículos de fe enseñados por el Magisterio universal de
la Iglesia Católica, sin nada que quitar, aumentar o cambiar.
13.- CREO EN LA NULIDAD DEL VATICANO II
Creo
y confieso firmemente que el Concilio Vaticano II por profesar innumerables
herejías ya condenadas por la Iglesia Católica, como la libertad e igualdad
religiosa; la unidad ecuménica de la Iglesia, con poder supremo colegiado,
democrático; Misas y Sacramentos como obras comunitarias humanas, debe ser tenido
enteramente como un conciliábulo nulo e inválido, de una secta disfrazada de
católica.
*
Concilio de Florencia, D.S. 1351
*
Paulo IV - Cum ex apostolatus
*
Pio VI - Auctorem fidei - D.S. 2602 a
2608
*
Canon 188,4
* Gregorio
XVI - Mirari vos, D.S. 2730
* Pio IX -
Quanta cura - Syllabus, D.S. 2915 a
2918
* León
XIII - Satis cognitum
* Pio XI -
Mortalium ánimos
* Pio XII
- Ci riesce
PROFESIÓN DE FE
Yo, queriendo
ser católico fiel, subscribo a todos y a cada uno de los artículos de esta Profesión
de Fe enseñada por el Magisterio universal de la Iglesia, consciente de que
nada se pode sustraer o aumentar a ese Magisterio universal.
Ciudad: Fecha: Firma
RETRACTACIÓN Y PENITENCIA PERPETUA
Si en lo pasado me adherí
de modo consciente y pertinaz a un solo punto de las herejías referidas o a
otras aquí omitidas, aquí hago pública y firme retratación de mi desvío de la
fe católica, y prometo una perpetua y condigna penitencia y visible mortificación
por los actos contra la autoridad divina dada por Cristo a la Iglesia Católica.
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