Profissão de Fé do Blog.

Profissão de Fé do Blog "Creio em um só Deus, Pai onipotente, Criador do céu e da terra, de todas as coisas visíveis e invisíveis. E em um só Senhor, Jesus Cristo, Filho Unigênito de Deus, nascido do Pai, antes de todos os séculos. Deus de Deus, Luz de Luz, Deus verdadeiro de Deus verdadeiro. Gerado, mas não feito, consubstancial ao Pai, pelo qual foram feitas todas as coisas. Ele, por causa de nós, homens, e nossa salvação, desceu dos céus. E se incarnou por obra do Espírito Santo, da Virgem Maria. E se fez homem. Foi também crucificado por nós; sob Pôncio Pilatos, padeceu e foi sepultado. E ressuscitou ao terceiro dia, segundo as Escrituras. Subiu ao céu, está sentado à direita do Pai, de onde há de vir segunda vez, com glória, a julgar os vivos e os mortos; e seu reino não terá fim. Creio no Espírito Santo, que é Senhor e Fonte da Vida e que procede do Pai e do Filho. Com o Pai e o Filho é juntamente adorado e glorificado, e é o que falou pelos Profetas. Também a Igreja, una, santa, católica e apostólica. Confesso um Batismo para remissão dos pecados. E espero a ressurreição dos mortos, e a vida do século futuro." Amém.

quinta-feira, 30 de maio de 2013

Maria:Medianeira de todas as graças.



viernes, 31 de mayo de 2013


BIENAVENTURADA VIRGEN MARÍA, REINA Y MEDIADORA DE TODAS LAS GRACIAS


De la unión con Cristo Rey deriva, en María Reina,
 tan esplendorosa sublimidad, que supera la excelencia
 de todas las cosas creadas; de esta misma unión
 nace su poder regio, 
por el que Ella puede dispensar 
los tesoros del Reino del Divino Redentor; 
en fin, en la misma unión con Cristo
 tiene origen la eficacia inagotable 
de su materna intercesión 
con su Hijo y con el Padre 

( Papa Pío XII, Enc. Mystici corporis , 29-VI­1943 )


El uno de Noviembre de 1954, al final del Año Mariano, el Venerable Pontífice Pío XII colocó una corona enjoyada sobre la pintura de Nuestra Señora, Protectora de Roma. En ese momento, se levantó un fuerte llanto de entre la gran multitud congregada en Santa María La Mayor: "¡Viva la Reina!"

El Papa nombró a la Virgen Reina de cielos y tierra, y decretó que se celebrara
 una fiesta especial para honrarla bajo ese título.




"...para coronar estos testimonios todos de Nuestra piedad mariana, a los que con tanto entusiasmo ha respondido el pueblo cristiano, para concluir útil y felizmente el Año Mariano que ya está terminando, así como para acceder a las insistentes peticiones que de todas partes Nos han llegado, hemos determinado instituir 
la fiesta litúrgica de la "Bienaventurada María Virgen Reina".

Cierto que no se trata de una nueva verdad propuesta al pueblo cristiano, porque el fundamento y las razones de la dignidad real de María, abundantemente expresadas en todo tiempo, se encuentran en los antiguos documentos de la Iglesia 
y en los libros de la sagrada liturgia.

Mas queremos recordarlos ahora en la presente Encíclica para renovar las alabanzas de nuestra celestial Madre y para hacer más viva la devoción en las almas, 
con ventajas espirituales."


PARA LEER LA ENCÍCLICA COMPLETA
DEBEN PINCHAR EN ESTE ENLACE:




Em defesa da fé católica romana de sempre.



Posición Teológica


Posición Teológica
Los miembros de la "congregacion religiosa de la imitacion de Cristo” (Sacerdotes, Seminaristas, Religiosos y Religiosas), profesamos y nos adherimos a la Fe Católica tal como ha sido enseñada durante más de 20 siglos desde que Nuestro Señor Jesucristo fundó su Santa y Romana Iglesia. Con la muerte de S.S. Pío XII y con la convocación del “Concilio Vaticano II”, una situación sin precedentes ha ocurrido en la Iglesia, amenazando la verdadera doctrina y el culto. En orden a proveer para la preservación de la Fe Católica, del Santo sacrificio de la Misa y de los Sacramentos, publicamos la siguiente declaración de principios para mostrar a los fieles la posición teológica que practicamos:

I.- EL CONCILIO VATICANO II: Convocado por Juan XXIII con el propósito de “aggionar” la Iglesia, este concilio (1962-65) decretó e implementó una nueva enseñanza condenada ya por el Magisterio Infalible de la Iglesia. Las enseñanzas heréticas del Concilio Vaticano II fueron primeramente en las áreas de la libertad religiosa y el falso ecumenismo, condenados con anterioridad por:

  • Gregorio XVI en Mirari vos. (1832)
  • Pío IX en Quanta cura y en el Syllabus de errores (1864)
  • León XIII en Inmortale Dei (1865) y Libertas Humanas.
  • Pío XI en Quas Primas (1925) y Mortalium animus (1928)
  • Pío XII en Mystici Corporis Christi. (1943)
POR LO TANTO, El Concilio Vaticano II debe ser rechazado como un falso Concilio (conciliábulo) pues propone errores en la fe y en la moral.

II.- NOVUS ORDO MISSAE: Siguiendo el concilio Vaticano II, varias comisiones fueron establecidas para modernizar el Santo Sacrificio de la Misa y los ritos tradicionales de los Sacramentos. La comisión encargada de reformar la Misa estaba compuesta también por pastores protestantes de la comunidad de Taize. Los resultados de esta modernización concluyen en una nueva definición de la Misa (igual al concepto de Lutero de que la Misa era el recuerdo de la Última Cena), las alteraciones a las oraciones del Ofertorio que borran el sentido propiciatorio del Sacrificio y la alteración substancial de las palabras de la Consagración. Esta “Nueva Misa”, conocida como “Novus Ordo Missae” contradice decretos anteriores de la enseñanza infalible de la Iglesia, tales como:

  • San Pío V en Quo Primum y De Defectibus.
  • Concilio de Trento El Decreto del Santo Sacrificio de la Misa (Sess. XXII).
  • León XIII en Apostolicae Curae (1896)
  • Pío XII en Mediator Dei (1947) y en Sacramentum Ordinis (1948).
POR LO TANTO, lo menos que se puede decir es que el Novus Ordo Missae es de dudosa validez, y en cuestiones de Sacramentos es obligatorio ser tuciorista, en consecuencia no permitimos ni autorizamos asistir a esas “misas” a riesgo de incurrir en la “Communicatio in Sacris” (Comulgar con los no católicos en las cosas sagradas.)

III.- NUEVO RITUAL DE SACRAMENTOS: lo que se ha dicho en el punto II, puede también ser afirmado con respecto a los siete Sacramentos. Tanto la forma como la materia de los Sacramentos han sido cambiadas, la validez de los mismos también es cuestionada.

POR LO TANTO, donde han sido empleados los nuevos ritos para los Sacramentos, estos podrán ser administrados “bajo condición” (sub conditione), si la situación así lo pide.

IV.- LA IGLESIA MODERNISTA DEL VATICANO II: La Iglesia Católica se identifica como Iglesia de Cristo por sus cuatro notas (Unidad, Santidad, Catolicidad y Apostolicidad). Desde que las enseñanzas heréticas del Vaticano II, el Novus Ordo Missae y el Nuevo Rito de los Sacramentos rompen con las enseñanzas bimilenarias de la Iglesia Católica, debemos de concluir que esta moderna y mal llamada Iglesia Católica rompió con la nota de Unidad y Santidad.

POR LO TANTO, la Iglesia del Vaticano II que comenzó apenas hace 45 años NO ES LA VERADERA IGLESIA DE JESUCRISTO NUESTRO SEÑOR.

V.- LA JERARQUIA MODERNISTA DE LA IGLESIA DEL VATICANO II. Concluyendo del punto anterior, la Jerarquía que implementó los errores del Concilio Vaticano II, no representa a la Iglesia Católica ni a su autoridad legal. Tanto Juan XXIII (Roncali), Pablo VI (Montini) Juan Pablo II (Wojtyla) como Benedicto XVI (Ratzinger), promulgando e implementando con hechos y documentos directamente heréticos, se han mostrado pertinaces y manifiestamente herejes.

POR LO TANTO, como enseña infaliblemente el Concilio Vaticano I, “Tú eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia”, estas palabras de Nuestro Señor Jesucristo prueban que la Sede Apostólica debe de estar preservada de manchas, preservada de todo error, de acuerdo a sus promesas. Y viendo que Benedicto XVI enseña manifiestamente la herejía, promueve el falso ecumenismo, busca la unidad con las falsas religiones en el error, NO LO RECONOCEMOS COMO SUCESOR DE SAN PEDRO EN LA PRIMACIA.

VI.- EL NUEVO CODIGO DE DERECHO CANONICO: En orden a la implementación de las enseñanzas del Vaticano II, fue necesario que los modernistas cambiaran el Código Canónico de 1917, ya que no reflejaba la mente de esta “nueva Iglesia”. El nuevo Código contiene errores dogmáticos en lo que se refiere a los Sacramentos y a la participación de los católicos y no católicos en la liturgia y el culto.

POR LO TANTO, como las leyes universales de la Iglesia están protegidas con la infalibilidad y no pueden imponer obligaciones que se opongan a la fe y la moral, el Nuevo Código Canónico carece de toda fuerza legal. Más aun cuando fue promulgado por quienes no detentan la autoridad de la Iglesia.

O magistério perpétuo do sucessor de Pedro.

miércoles, 22 de mayo de 2013

LA CABEZA VISIBLE Y PERPETUA DE LA IGLESIA



Por el Dr. Homero Johas
     1. Después del Vaticano II surgieron entre las ovejas de Cristo, "nuevos Cristos", con doctrinas nuevas opuestas a las universales y perpetuas de la Iglesia. Entre los aparentemente opuestos a las herejías del Vaticano II, pregonan:
            • El papa podría ser fiel o infiel.
            • Igualmente podría existir o no existir.
     Unos aceptan de hecho y de derecho al hereje público, como papa verdadero; otros lo aceptan como papa verdadero pero material. Otros pretenden una verdadera Iglesia acéfala, sin Cabeza visible, sin unidad de fe y de gobierno. Unos "no aceptan" la vacancia por herejía; otros "no aceptan" extinguir la vacancia. O se acepta la Cabeza hereje o se permanece sin cabeza. Unos rechazan la unidad de fe; otros la de gobierno.
            Portando los ritos de San Pio V, unos se denominan como "tradicionalistas"; y otros como "sedevacantistas".
            Ambas facciones se apartan del Pastor visible, perpetuo, fiel, y llevan a las ovejas hacia la libertad e igualdad religiosa, colocando sus propios juicios, voluntades y acciones sobre el juicio y voluntad divina que manda la existencia de perpetuos Sucesores de Pedro, visibles; y no obispos no subordinados al poder divino.
     2. La Constitución dogmática "Pastor aeternus" del Concilio Vaticano I establece cuatro anatemas contra la acefalia de la Iglesia.
     • Todos los fieles deben estar unidos en una fe y un gobierno, por una sola Cabeza visible, monárquica, con un poder recibido directamente de Cristo y no del clero y del pueblo (D.S. 3055).
    • Por Derecho divino la Iglesia debe tener "perpetuos Sucesores" de Pedro, como "fundamento perpetuo" de la Iglesia (D.S. 3058).
  • Todos los pastores de la Iglesia, y no solo los fieles, deben obediencia al Pastor de los pastores pues no son autónomos, libres e independientes (D.S. 3064).
     • Las doctrinas de la Iglesia son infalibles por si, por la autoridad de Dios, y no por el "consenso" de los hombres entre si, del clero o del pueblo (D.S. 3074).
     Son cuatro anatemas contra la acefalia de la Iglesia, contra la libertad religiosa en relación al Sucesor de Pedro, contra la igualdad religiosa, contra el juicio humano opuesto al divino. Es imposible una Sociedad unida sin forma y fin, sin el principio visible de la unión. Es imposible que un edificio no se derrumbe si se retira su fundamento.
     3. Entretanto vemos, principalmente en los Estados Unidos, decenas de obispos que se dicen católicos, que no están unidos entre si, no tienen unidad de fe y no quieren la unidad de gobierno, una Cabeza visible a la cual deban obediencia. Quieren una unión de grupos sin subordinación jerárquica a una Cabeza única visible. Tal autonomía e independencia individual es la misma libertad e igualdad religiosa que San Pio X condenó (Notre charge apostolique).  
     Pio VI condenó la herejía jansenista que dice: Todo poder viene del hombre, del pueblo, del clero, de las iglesias y no de Dios.  (D.S. 2603). Tal estado de cosas viola la unidad de fe y la unidad de gobierno, dos unidades básicas de la Iglesia visible y perpetua fundada por Cristo y que debe durar hasta el fin de los siglos.
     4. Hace medio siglo así se dispersaron las ovejas dentro del Americanismo, una "iglesia diferente" condenada por León XIII (Testem benevolenciae). Estos obispos declaran que "su trabajo no tiene por objetivo extinguir la vacancia", cumplir el "deber santísimo y gravísimo de extinguir la vacancia" (San Pio X). Desprecian los dogmas de fe y los deberes de acción impuestos por ellos, como si fuera un juicio humano libre el conclavismo: "cosa absurda, imposible, decisión de grupo, contra la fe".
     5. Por la promesa de Cristo a la Iglesia, contra las puertas del Infierno, no existe mas acción de los enemigos visibles e invisibles de la Iglesia que el apartar los dogmas de fe sobre los cuales Cristo construyó su Iglesia. La Iglesia, como sociedad divina y perfecta, tiene en si y por si todos los medios necesarios y suficientes para permanecer incólume y para obrar. 
     No se rechaza el Dogma por un acto "práctico", desligado de las doctrinas de la fe y de la forma y fin divinos de la Iglesia. El dogma de fe, definido contra los protestantes y jansenistas que Dios no ordena cosas imposibles. Tales alegatos proceden de los herejes, de los divididos de la unidad de fe. Quien rechaza la Cabeza visible de la Iglesia rechaza también, "ipso facto", la Cabeza divina invisible. Substituye la obra divina perfecta por una obra humana imperfecta. Los herejes monofisitas acéfalos, encontraron en el siglo XX nuevos compañeros en la misma herejía. Quien quiera seguir los hombres y no a Dios, con otro evangelio, que no existe, sea anatema (San Pablo, Gal.I, 8-9). 

MAGISTERIO DOGMATICO Y PERPETUO
1) Concilio Vaticano I
     1. "Aquello que Cristo Señor instituyó en San Pedro (...) para perpetua salud y bien de la Iglesia, esto, siguiendo al mismo Creador, en la Iglesia que se funda sobre esa piedra y que hasta el fin de los siglos estará firme, es necesario que perdure perpetuamente".
     2. "No es dudoso para nadie, mas cosa notoria en todos los siglos, que San Pedro -Príncipe y Cabeza de los Apóstoles, columna de la fe y fundamento de la Iglesia Católica- recibió de las manos de Nuestro Señor Jesucristo, Salvador y Redentor del género humano, las llaves del reino y que él, hasta el presente, siempre vive, preside y juzga a sus Sucesores, obispos de la Santa Iglesia de Roma, por él fundada y consagrada por su sangre".
     3. La disposición de la verdad permanece y persevera en la fortaleza de piedra que de él recibió, y no abandona a San Pedro en el timón de la Iglesia.
     4. En razón de su mas poderoso principio, siempre fue necesario que toda Iglesia se uniese a la Iglesia Romana, esto es, que los fieles de todas las partes se unan a esta Sede, donde proceden todos los derechos de comunión, como en un solo Cuerpo donde los miembros se unen a su Cabeza.
       5. "Si alguien dice que no es de institución divina que San Pedro tenga perpetuos Sucesores en el Primado sobre toda la iglesia (...). Sea anatema (D.S. 3058).
     6. El Pastor eterno y obispo de nuestras almas, para volver perene la obra salutífera de la redención, decretó edificar la santa Iglesia, en la cual, como en la casa de Dios vivo, estuviesen todos los fieles unidos por el vínculo de una fe y de Caridad.
     7. Porque, antes que fuera glorificado pidió al Padre, no solo por los Apóstoles, sino también por los que por la palabra de ellos creerían en él, para que todos sean uno, como el Hijo y el Padre son uno.
     8. Así pues, él envió a los Apóstoles a predicar al mundo, como Él fue enviado por el Padre. Así también quiere él que, hasta la consumación del siglo, en la Iglesia, existan pastores y doctores.
     9. Más, para que el propio episcopado sea uno e indivisible por medio de sacerdotes coherentes entre si, y toda la multitud de los creyentes sea conservada en la unidad de fe y de comunión. Colocó Jesucristo a San Pedro al frente de los demás Apóstoles, instituyó en él un principio perpetuo y un fundamento visible de una y de otra unidad, sobre cuya fortaleza fue construido un templo eterno; y surge en la firmeza de esta fe la sublimidad de la Iglesia que debe ser elevada hasta el cielo.
     10. Y dado que las puertas del Inferno se levantan, para destruir si fuese posible la Iglesia, por todas las partes con odio cada día mayor, contra el fundamento divinamente constituido, juzgamos ser necesario para la guarda, la incolumidad y el aumento del rebaño católico, proponer, con la aprobación del sagrado Concilio, la doctrina sobre la institución, la perpetuidad y la naturaleza del sagrado primado apostólico, en el cual consiste toda la fuerza y solidez de toda la Iglesia, para que sea creída y mantenida por todos los fieles, según la antigua y constante fe universal de la Iglesia y proscribir y condenar los errores contrarios o perniciosos al rebaño del Señor.
     11. "Por tanto, si alguien dice que San Pedro Apóstol no fue constituido por Jesucristo príncipe de todos los Apóstoles y Cabeza visible de toda la Iglesia militante (...) sea anatema" (D.S. 3055).
     12. "Si alguien dice que el Romano Pontífice (...) no tiene la plenitud del poder supremo y que su poder no es ordinario e inmediato, en todas y en cada una de las iglesias, sobre todos y cada uno de los pastores y fieles, sea anatema" (D.S. 3064)
     13. "Las definiciones del Pontífice Romano son irreformables por si mismas y no por el consenso de la Iglesia. Si alguien contradice esta nuestra definición, sea anatema" (D.S. 3074-3075) 

2) León XIII “Immortale Dei”
     14. "La Iglesia, por su género y por Derecho, es una sociedad perfecta, por voluntad y acción de su Fundador, posee todos los medios necesarios para su incolumidad y obrar" (D.S. 3167). 

3) León XIII – Diuturnum illud
     15. "Obliga la necesidad que existan en toda comunidad personas que manden, para que, sin un principio o cabeza que la gobierne, no sea privada de conseguir el fin para el cual ella nació y fue constituida".
     16. "Es excelsa y llena de gravedad la sentencia de San Pablo a los Romanos: No existe poder que no sea procedente de Dios; donde la autoridad es ministra de Dios (Rom. XIII, 1-4). Esto se refiere a toda especie de poder. Esto es tan conocido que los sacerdotes de todos los pueblos son tenidos como ministros de Dios".
     17. "Existe apenas una causa para no obedecer al ministro de Dios: cuando ordena algo abiertamente contra el Derecho Natural o divino. Por cuanto es ilícito mandar y es ilícito obedecer violando la ley natural o la voluntad de Dios".
     18.- Si alguien es obligado a escoger entre despreciar los mandamientos de Dios, o los de su gobernante, ordena Jesús: "Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios" y, con ánimo, responder como los Apóstolos: "Es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres" (At. V, 20). 

4) Concilio de Trento
     19. "Si alguien dice que los preceptos de Dios son imposibles de ser cumplidos, sea anatema".
     20. Nadie debe juzgarse libre de la observancia de los mandamientos; nadie debe usar aquella sentencia temeraria y prohibida bajo anatema por los Santos Padres: “que los preceptos de Dios son imposibles de ser observados" (D.S. 1536). 

5) Inocencio X
     21. "Algunos preceptos de Dios, para los hombres justos que se esfuerzan, según sus fuerzas, son imposibles y les falta la gracia para que se vuelvan posibles". "Tal sentencia es temeraria, impía, blasfema, condenada con anatema y la declaramos herética y como tal la condenamos" (D.S. 2001 - 2006). 

6) Pio VI, Super soliditate Petri
     22. "Los Santos Padres, unánimemente veneran la Sede de Pedro como la única constituida en la cual debería de ser conservada por todos la unidad. De la que dimanan para todas las otras iglesias los derechos de una veneranda comunión. Es necesario que en ella se unan todos los fieles donde quiera que estén".
     23. "Este hombre recibió de Dios las llaves del reino de los cielos, con el poder de atar y desatar. Él es aquel a quien ningún otro obispo se le puede igualar. Es aquel de quien los otros obispos reciben su autoridad, así como él recibió de Dios su suprema autoridad. Es el Vicario de Cristo, la Cabeza visible de la Iglesia, el supremo Juez de los fieles".
     24. "Las llaves del reino de los cielos, para ser comunicadas a los otros obispos. Tertuliano, Optato de Milevi no dudaron en proclamar que solo Pedro las recibió".
     25. "La sentencia que establece que el Romano Pontífice es Cabeza ministerial, que él recibe el poder de ministerio, no de Cristo, en la persona de San Pedro, sino de la Iglesia, por lo cual, como Sucesor de Pedro, como verdadero Vicario de Cristo y Cabeza de toda la Iglesia tiene poder sobre toda la Iglesia, es herética" (D.S. 2603). 

7) San Pio X – “Vacante Sede Apostólica
     26. "Estando vacante la Sede Apostólica, la cosa mas grave y mas santa, es elegir el Pastor Supremo; la Cabeza de todo el rebaño del Señor para, de este modo providente y sabio, gobierne la Iglesia Católica, el cual, siendo Sucesor de San Pedro, exarca en la Tierra de Cristo Jesús". 

8) León XIII – “Satis Cognitum”
    27. "Es imposible imaginar una sociedad perfecta no gobernada por un poder soberano".
     28. "Si el cimiento desaparece el edificio desploma".
    29. "Cristo estableció en la Iglesia todos los principios naturales que la vuelven entre los hombres una sociedad capaz de alcanzar la perfección de la cual es capaz su naturaleza".
     30. "Estando la Iglesia fundada sobre Pedro, sea cual sea la violencia y habilidad de los enemigos visibles o invisibles de Cristo, nunca podrá ella sucumbir, o desfallecer, en lo que sea".
     31. "Siendo la Iglesia un "Coetus fidelium" ella requiere la unidad de fe para ser una. Siendo ella una sociedad constituida divinamente, ella requiere, por Derecho divino, la unidad de gobierno que produzca y comprenda la unidad de comunión".
     32. "Nada mas peligroso que conservar la integridad de la doctrina en todo, pues, por una sola palabra se puede corromper la pureza de la fe recibida de los Apóstoles".
     33. "Nada existe de mas grave que el sacrilegio del cisma".
     34. "El conjunto de los Apóstoles no tiene autoridad sobre Cristo. El conjunto de las ovejas no gobierna al Pastor. No es el colegio de los obispos el fundamento sobre el cual el Sucesor de Cristo debe apoyarse".
     35. "Para no ser hereje es necesario satisfacer en todo a la Iglesia Romana y no a esta o aquella persona. Una persona debe ser pía y ortodoxa según la Sede de Pedro. Es inútil persuadir a las personas que tiene su propia opinión y no la de la Sede Romana".
     36. "Es necesario que los obispos tengan unión con la Sede de Pedro. Sin ella la multitud se disgrega y no constituye un solo cuerpo y existirán tantos cismas como sacerdotes".
     37. "Sin la sumisión a la Sede de Pedro el orden de los obispos se dispersa en una multitud confusa y desordenada".
     38. "Los Apóstoles no se pueden retraer y aislar cada uno en su sede. Es cismático y prevaricador quien levanta otra cátedra, contra la única Cátedra de Pedro".
     39. "La herejía y el cisma nacen del rechazo a la obediencia debida a la Cátedra de Pedro. La fuente única es que no se quiere en la Iglesia un solo Pontífice, un solo Juez que ocupe el lugar de Cristo".
     40. "Quien no está unido a Pedro no tiene parte en la autoridad. Es absurdo que un hombre separado de la Iglesia tenga autoridad en la Iglesia".
     41. "Siendo la autoridad de Pedro parte de la Constitución y ordenación de la Iglesia; el elemento principal; el principio de la unidad; y perpetua seguridad; no podía ella desaparecer con Pedro".
     42. "En razón de su superioridad debe necesariamente toda las Iglesias unirse a la Iglesia Romana".
     43. "De la Sede Romana nace la unidad sacerdotal; porque ella es la causa eficiente de esa unidad en la sociedad cristiana"
     44. "Debe mantenerse siempre en la Iglesia Romana el primado de la Cátedra de Pedro. No se puede creer que guarde la fe católica quien no guarda la fe romana. Estar en comunión con el papa (fiel) es estar en comunión con la Iglesia Católica".
     45. "Siempre la religión católica fue conservada sin mancha en la Sede Apostólica" (D.S. 3070).
     46. "Las dificultades sobre la Fe deben ser resueltas por la Sede de Pedro".
     47. "La autoridad de los obispos no es plena; no es universal; no es suprema".
     48. "Nada fue conferido a los Apóstoles de modo independiente de Pedro".
     49. "Si  se quita el vínculo de sumisión a la Sede de Pedro, el pueblo cristiano será una multitud que se dispersa; y no formará un solo cuerpo y un solo rebaño".
     50. "Solamente Pedro fue designado por Cristo como fundamento de la Iglesia".
     51. "Si los obispos se separan de Pedro o de sus Sucesores, pierden el derecho y poder de gobernar".
     52. "Quien levanta otra cátedra contra esta única es cismático y prevaricador".
     53. "Quien esta contra la Cátedra de Pedro no tiene las llaves del reino de los cielos".
     54 "El Orden de los obispos no puede ser considerada unida a Pedro sino por su  sumisión y obediencia. Sin esto se dispersa".
     55. "Todos los rebaños fueron confiados a Pedro; no solo el de las ovejas, sino también el de los pastores. Él es el único Pastor de todos. Él apacienta las ovejas y los corderos".
     56. "Las puertas del infierno no prevalecerán sobre toda la Iglesia universal; sino, aisladamente, las partes pueden ser vencidas".
     57. "El Pontífice Romano juzga a todos los obispos de todas las iglesias; pero él no es juzgado por nadie".
     58. "No existe autoridad mayor que la de Pedro. No es lícito juzgar sobre sus sentencias".
     59. "No están en la Iglesia, los que juzgan sobre Cristo como está en las Escrituras, si no viven en comunión con la unidad de la Iglesia".
     60. "De nada vale honrar a Dios y a su Hijo, si se blasfema contra su Iglesia".

 9) Pio XI – “Mortalium animos”

     61. "Acaso faltará a la Iglesia algo en cuanto a la virtud y a la eficacia no perenne, del cumplimiento de su generosidad, cuando el propio Cristo, solemnemente ha prometido, estar siempre presente: "He aquí que estoy con ustedes todos los días hasta la consumación de los siglos?"
     62. "No puede ocurrir que la Iglesia de Cristo no exista hoy y en todo tiempo completamente la misma que existió en la época de los Apóstoles. A no ser que deseemos afirmar - que esta lejos de nosotros - que Cristo Señor no fue bastante para lo que propuso; o que erró cuando afirmó que las puertas del inferno no prevalecerían contra ella".
     63. "Acaso podemos tolerar, lo que seria bastante inicuo, que la verdad y, en especial la revelada, sea disminuida a través de pactos?"
     64. "Cristo envió los Apóstoles a todo el mundo, a todos los pueblos que debían ser instruidos en la fe evangélica y para que no errasen en nada, quiso que toda la verdad les fuera enseñada antes por el Espíritu Santo, ¿acaso esta doctrina de los Apóstoles, no fue completa o fue perturbada alguna vez en la Iglesia donde el propio Dios está presente como regente y guardián?”
     65. "Si esto fuese verdad, se debería decir igualmente del Espíritu Santo que descendió sobre los Apóstoles y de la perpetua permanecía de Él en la Iglesia y de la predicación de Cristo, ya hace muchos siglos, perdiera toda su eficacia y utilidad. Sin duda es blasfemo afirmar esto. 

LAS OBJECIONES DE LOS HERÉTICOS
1) La división en la fe
"No elegimos un papa porque estamos divididos".
     Quien está separado de aquello que es dogma de fe, del derecho divino y deber definido, está separado de la unidad de fe y de gobierno. Quien se separa en un punto; se separa en todos los puntos, a pesar de aparentar aceptar todo lo demás. Acepta lo que quiere por su libre arbitrio y no somete su juicio y voluntad a la autoridad divina. No hace lo que debe porque no cree como debe. Eleva su juicio, voluntad y acción sobre el juicio y voluntad de Dios que impera  la acción. Las verdades de fe no proceden del consenso de los teólogos, de los hombres, del pueblo, de las iglesias. Tal doctrina es la base de la falsa religión del Ecumenismo (Pio XII). Está bajo anatema quien no se somete al Pastor de los Pastores, quien presenta la falta de consenso humano para rechazar el principio visible de la unidad de fe y de gobierno, "fundamento perpetuo" de la Iglesia, hasta el fin de los tiempos. Cristo y el Espíritu Santo no dejaran de dar asistencia a la Iglesia. El clero y el pueblo no juzgan las sentencias de la Sede de Pedro. El consenso de los hombres "entre si", en la insumisión a la autoridad divina es contra el deber de seguir a Cristo-Dios y no a los hombres (San Pablo, Gal I, 8-9). Si un bautizado niega lo que debe ser creído, es hereje (Can. 1325, 2). Está separado de la Iglesia por su delito (D.S. 3803). Tal argumento significa: no quiero elegir un papa fiel porque estoy separado de la unidad de fe. Se Divide si se opone a la unidad de fe y de gobierno. 

2) Cuestión  libre
"Es cosa dudosa, cuestión abierta, no existe Magisterio dogmático y canónico sobre esto; es  materia de libre discusión entre los teólogos".
     Tales sentencias son falsas. No quieren ver el Magisterio dogmático y canónico de la Iglesia. Cambian lo cierto por lo incierto; no se someten al Magisterio universal y perpetuo de la Iglesia. Quieren compatibilizar verdad y error; fe y herejía. Quieren someter la autoridad de Dios a "discusión" y al "consenso" de los hombres (D.S. 3047), sin someterse al Pastor supremo visible (D.S. 3060). La unidad bajo la Cabeza fiel y visible de la Iglesia excluye cualquier otra declaración o sentencia humana opuesta. San Símaco, Adriano II, Inocencio III, Paulo IV, San Pio V, León XIII y Pio XII establecen el Magisterio visible y perpetuo de la Iglesia. Nada es mas claro que el Canon 188, 4. No existe "el derecho de discutir lo que viene de Roma" si el papa es válido, como afirma un Arzobispo francés. Después que la Sede de Pedro enseñó algo universalmente, tal materia ya no es de libre discusión, ni puede ser objeto de "duda". Quien duda es hereje (Can. 1325, 2). "Adquiere para si la condenación (Rom XIII, 1-2). En cuestión de fe, ni San Agustín, ni San Jerónimo pueden levantar su juicio contra la Sede de Pedro. Solo la Sede de Pedro decide; no los hombres "entre si". Falsos "tradicionalistas", siguen el juicio propio de un hereje; o falsos sedevacantistas, siguen el juicio propio de otro hereje; contra el "deber de creer" en el Magisterio universal; o contra el deber de obrar según este Magisterio dogmático. La "decisión de grupo" de los fieles, subordinados a la autoridad divina, no es la "decisión de grupo" de los infieles que rechazan tal sumisión. Tales personas no creen en la autoridad divina perpetua del Magisterio dogmático de la Iglesia. La situación actual no cambia el Magisterio perpetuo (D.S. 3020). La ley humana no cambia el Derecho divino. No es libre la discusión entre teólogos donde la Sede de Romana ya se pronunció (Pio XII - D.S. 3885). Dios no confió a ellos la interpretación de la Revelación divina (D.S. 3886). Y mucho menos a "teólogos" de sectas heréticas. Es la misma libertad e igualdad humana levantada contra el poder divino. En cuestión de Fe: "non nisi ad Petrum" (S. Tomás). 

3) Interpretación libre de la Revelación
     Vimos un obispo "tradicionalista", invocando la "intención de Cristo" para defender la validez del papa hereje. Vimos un prelado "sedevacantista" invocando su exegesis personal del Apocalipsis para oponerla al dogma de fe de los "perpetuos Sucesores" visibles de Cristo. Fue Lutero quien pregonó ese "libre examen" contra la Sede de Pedro. Las obras de los enemigos de Dios nada cambian en la perpetuidad del Magisterio universal (D.S. 3020). Está bajo anatema quien lo haga (D.S. 3043). "Sea cual sea la violencia y la habilidad de los enemigos de la Iglesia, visibles e invisibles, fundada sobre Pedro, nunca podrá ella sucumbir o desfallecer en lo que sea" (León XIII - Satis cognitum). Profetizó Cristo que al fin de los tiempos sería como los días de Noé y de Lot. Solo pocos junto con ellos se salvaran. En los días de la Pasión de Cristo, los fieles permanecían unidos a Pedro. Si los herejes obscurecen el Sol; retiran el brillo de la Luna; y hacen las estrellas caer de los cielos; pero no alteran el Magisterio perpetuo de la Iglesia. El libre-examen no es el criterio universal de las verdades de la fe. Seguimos la Cátedra de la verdad infalible, no las cátedras de los hombres falibles. "Maldito el hombre que confía en los hombres" (Jer. XVII, 5).

4) Imposibilidad práctica
“Existe imposibilidad práctica de una elección papal”
     Si la causa de esa imposibilidad es la división doctrinal, tales personas separadas ya no son fieles y están fuera de la Iglesia (D.S. 3803). El deber de ellas es el de estar unidas en el "Coetus Fidelium", con unidad de fe. La Iglesia perfecta, obra divina, tiene todos los medios necesarios para su incolumidad y acción. Reuniendo los miembros fieles de la Iglesia, espontáneamente, los miembros de la sociedad de los hombres, instituida por Dios, escogerán su cabeza visible. La cuestión es antes tener la fe, los que violan la unidad de fe. Tal óbice procede de la herejía y no de la fe. Es Magisterio dogmático de la Iglesia que: "Dios no ordena cosas imposibles" (D.S. 1568). Inocencio X condenó tal sentencia como herética, blasfema, impía, en los seguidores de Jansénio (D.S. 2001-2006). Pio XI condenó como blasfemia afirmar que la asistencia de Cristo y de el Espíritu Santo ya no tienen eficacia en la Iglesia (Mortalium ánimos). Los Santos Padres condenaron tal sentencia (D.S. 1568). Tal sentencia es de los heréticos; no de los fieles. En 2,000 años de Iglesia, siempre fue posible esa elección. En Asís, en 1994, fue posible una elección. Si existen elecciones erróneas eso no quita el deber de hacerlo. Si los fieles son pocos, el número de ellos no altera el deber que a ellos compete. 

5) Duración de la Vacancia
"Si una vacancia breve no destruye la Iglesia, una larga tampoco, porque son de igual naturaleza".
     No es lo mismo la ausencia de Cabeza en una sociedad humana por pocos días que la ausencia de una Cabeza visible en esa sociedad por años. La pequeña duración del acto social no tiene el mismo efecto de la duración prolongada. Si en un ejército muere el Comando supremo en la lucha, la elección pronta  restablece la dirección suprema; mas la falta por largo tiempo del Comando supremo favorece la acción de los enemigos del ejército de Cristo. Si un avión queda algunos minutos sin piloto; no cae; si queda durante largo tiempo, caerá. Si un barco queda algunos días sin piloto; con un nuevo piloto recupera la dirección. Mas durante años y décadas sin piloto, la dirección verdadera no es seguida. Tener una enfermedad durante algunos días; no es igual a tener una enfermedad durante décadas. El tiempo es una forma accidental a todas las cosas humanas; pero una causa agente durante pocos días no es cosa igual a una causa agente durante décadas. La falta de una Cabeza visible en la Iglesia durante algunos días, no dispersa el rebaño. Sin la Cabeza, principio visible y perpetuo de la unión, durante años y décadas, el rebaño se dispersa. Es lo que quieren los enemigos de Dios y de la Iglesia divina. Si deben existir perpetuos Sucesores de Pedro, deben existir perpetuos electores que extingan la vacancia.   

 6) La mudanza del deber
"El deber es mantener la unión de los fieles entre si"
     Tal sentencia es la del Ecumenismo;  unión sin unidad de fe; sin subordinación a una jerarquía monárquica de Derecho divino. Se quiere una unidad humana de los hombres "entre si", horizontal, sin unidad de fe ni de gobierno, subordinada al principio visible y perpetuo. Tal unión viene del "consenso" libre de los hombres, sin la autoridad divina coactiva contra la acción de los errantes y malos. Es doctrina herética, contra el Pastor de los pastores (D.S. 3064); la unión meramente por libre consenso humano (D.S. 3074). Se quita el principio visible de la unidad (D.S. 3055) y el fundamento perpetuo de la Iglesia (D.S. 3063). No aceptar la vacancia por herejía; o la no extinción de la vacancia, son dos herejías del arbitrio herético contra Dios (Tit. III, 10-11). Los herejes tienen "unión entre si"; las religiones paganas también. El deber cristiano en ese caso es el de la "separación" de los infieles (2 Cor VI, 14-18). 

7) El deber es lo opuesto: no obedecer
"El deber es el abstenerse de la acción, permanecer inerte y pasivo. Es solo orar. Dios quiere ser el agente único. Las acciones humanas son contingentes; frustran el Plan de Dios. La crisis es mucho mas grande".
     He aquí una nueva legislación dentro del rebaño de Cristo: no deben escoger Cabeza visible y perpetúa en la Iglesia. Al "deber gravísimo" de elección es opuesto otro deber: no elección. En vez de la Revelación divina y el Magisterio de la Iglesia, un nuevo "Plan de Dios" procedente de los enemigos de la Iglesia. En vez de la acción, la pasividad, la inacción, abstenerse de la acción. En vez de la acción humana subordinada a la autoridad divina; que Dios actué solo, sin la obediencia de los hombres a sus preceptos y ley. Las acciones necesarias para el fin se vuelven innecesarias y contingentes. La oración de los fieles subordinados a los juicios y voluntad de Dios y de la Iglesia; es ahora la oración de los desobedientes, de los subversivos. El deber de creer en Dios fue mudado por el deber de no creer. Ahora en vez de miembro del Cuerpo único de la Iglesia; cada uno es miembro de si mismo; del juicio y voluntad libre e independiente de Dios. Si Dios quiere, que elija un nuevo papa; los hombres no quieren un nuevo Vicario de Cristo, fiel a Cristo. El "papa malo" que no se retira de las herejias; es sustituido por el papa hereje que, por la naturaleza de su pecado se separa de la Iglesia (D.S. 3803).  
     La Bula de Paulo IV no iguala a los infieles con los fieles; no iguala los pecados contra la Moral y contra la autoridad divina, sobre lo que se debe creer. No separa el actuar de la unidad de fe, cuando el sujeto aun no obra contra la Fe. El gran Cisma de Occidente no fue extinguido solo con oraciones; sino tambíen con el deber de acción. Lo grande de la crisis no quebrantó la Sede de Pedro (León XIII Satis cognitum). El Quietismo fue condenado por Inocencio XI (D.S. 2202) y por Clementes XI (D.S. 2403). Fue condenado por el Concilio de Trento (D.S. 1554; 1562).  ¿Quien es el hombre que se aparta de Cristo, Legislador divino? (D.S. 1571) Ahí se predica el “non serviam" de Lúcifer. 

8) Determinación de los electores
"No sabemos quien son los electores".
     Quien admite que existen electores, admite que debe existir la elección. La forma de la elección, supone el deber de elegir. Ahora tal deber procede del Derecho divino, de la unidad necesaria de gobierno; no procede de la voluntad y de consenso humano. Es necesario elegir perpetuos Sucesores de Pedro, existirán por la misma necesidad de perpetuos electores de Pedro. Quien quiere el fin, quiere los medios. Y la Iglesia siempre tendrá los medios necesarios para tal fin. Jamás faltaron electores en veinte siglos. Esos electores solo puede ser los fieles miembros de la Iglesia, también es de Derecho divino. El hereje no tiene voz activa para elegir, ni voz pasiva para ser electo. Si los votos de un hereje decidieran la elección, ella es nula e inválida (Can. 167,5 e § 2). En cuanto a las demás cosas relativas a la forma de la elección; Cristo no dejo leyes electorales. Son cosas del Derecho humano que variara durante los siglos: pueblo, clero, obispos, cardenales. Y toda ley humana se entiende con las excepciones de los casos de necesidad, no previstos por el legislador humano. El Canon 20 refiere el Camino jurídico para tal caso. Las cosas urgentes en tal caso pueden y deben ser decididas por el colegio electoral: "sententiam de opportuno remedio disponere potest et debet" (S. Pio X: Vacante Sede Apostólica, Canon 5). Los teólogos Vitoria, Cayetano y Billot dejaron normas jurídicas para extinguir la vacancia, que no puede ser perpetua en una Sede que debe durar perpetuamente. El poder de Orden no es indicio de fidelidad por cuanto él permanece en los herejes y cismáticos. El conclave que existió en el Concilio de Constanza, extinguiendo el gran Cisma de Occidente, eligiendo un papa válido, es un ejemplo normativo para casos semejantes. Los principios generales del Derecho son aplicables: "Es imposible una Sociedad de hombres sin una Cabeza que la gobierne" (León XIII, Diuturnum illud). Los electores no tienen la autoridad del cargo para el cual eligen una persona. En el caso papal ella viene directa e inmediatamente de Dios y no de los votos humanos que eligen la persona que ocupará el cargo, si lo acepta. Que no se objete que los electores están: "llenos de errores". Los que se subordinan al Magisterio infalible de la Sede de Pedro participan ahí de la infalibilidad de la Iglesia. Ellos no erran violando las leyes humanas en casos de necesidad: "El sábado fue hecho para el hombre y no el hombre para el sábado". El número pequeño de electores no afecta la validez de la elección. La elección es deber de todos los fieles.
     Es profecía de Cristo que los fieles serán pocos en el fin de los tiempos, como en los días de Noé y de Lot. El Positivismo ateo enseña que el Derecho procede del "número de fuerzas materiales", de los actos positivos humanos sin atención al derecho divino. La determinación de los electores fieles será hecha por los propios electores fieles, de modo subordinado al Derecho divino; por la forma de ser de la persona en el pasado y en el presente; por la ignorancia de la fe o por la Ciencia de Dios manifiesta. Donde los infieles y los dudosos no son los electores fieles, verdaderos. Tal óbice no procede en el rebaño de los fieles, del "Coetus fidelium" primeramente reunido. Procede en los ya separados de la unidad de fe y de gobierno. 

9) Efectos de la acefalia
     El Magisterio dogmático de la Iglesia enseña que sin los cimientos el edificio se derrumba. Sin el Pastor visible las ovejas se dispersan. Sin un gobernante el pueblo no mantiene la unidad. Sin una Cabeza visible es imposible que una sociedad alcance su fin. Sin un Maestro supremo las personas hacen libres interpretaciones de las Escrituras. El consenso libre de los hombres entre si no es fuente del Derecho divino. La unidad universal de los hombres entre si, no es la unidad de fe divina y católica mandada por Cristo. La forma del gobierno visible de la Iglesia es monárquica no democrática. El poder viene de Dios y no del hombre, del pueblo, o del clero. Los infieles no tienen poder sobre los fieles (1 Cor VI, 1). No es menor herejía pretender una Iglesia de Cristo regida por un hereje, que del que piensa una Iglesia de Cristo sin Cabeza visible y perene. Quien rechaza al Pastor supremo visible de la Iglesia, rechaza también al Pastor supremo invisible, Cristo. La unión de los hombres libres entre si, no es la unión de los fieles sumisos a la autoridad divina de Cristo. Mudar el fundamento visible y perpetuo de la Iglesia de Cristo, inmutable hasta el fin de los tiempos, es apartarse de la autoridad divina de Cristo y del Espíritu de la Verdad enviado a la Iglesia. 
     Pregonar la acefalia de la Iglesia, en la doctrina o en la práctica es declarar la libertad religiosa de cada uno en la Iglesia con su juicio propio libre. Sin el Pastor visible y único, fiel, las ovejas no son conducidas unidas para el fin último común, en el camino único de la salvación. La Iglesia debe ser un "cuerpo conexo y compacto" con "una sola fe" universal, común a todos; y no perder el vínculo principal de la unidad: agradar a Dios. Quien no pregona tal camino ya está condenado (Jo III, 18). Si las puertas del Infierno no prevalecen sobre la verdadera Iglesia, ellas prevalecerán sobre los que se separan de la unidad de fe y que están por eso fuera de la Iglesia (D.S. 3803). La Iglesia no desfallece; mas las personas individuales desfallecen. 
     El objetivo de la Masonería era el de retirar la piedra sobre la cual Cristo construyó su Iglesia. Era hacer que las ovejas de Cristo caminasen con la Cruz, pensando que estaban siguiendo a Cristo, mas, de hecho, están siguiendo la falsa bandera de los masones, con  su "operación del error" (2 Tess. II, 1-11).  
     Ningún obispo individual, independiente y autónomo, ajeno al deber de extinguir la vacancia de la Sede de Pedro, tiene unidad de fe y de gobierno con las doctrinas enseñadas por la autoridad divina de la Sede de Pedro. Tal obispo levanta su "juicio propio" libre contra el de la Sede de Pedro. Tal división es acto individual de él; es acto contrario a la fe universal transcendente a los siglos, perene, perpetua, de la Sede de Pedro. 

Conclusión
     El anti-conclavismo, teórico o práctico, es una obra disfrazada de los enemigos de la Iglesia. En él convergen todas las herejías del Vaticano II, de los que "no aceptan" la vacancia por herejía; de los que "no aceptan" el deber de extinguir la vacancia. El fin de todos, es el de retirar el fundamento visible y perpetuo de la Sede de Pedro. Es cambiar la obra divina por obra humana. Es dispersar las ovejas en tantas sectas cuantas cabezas de sacerdotes de una "nueva iglesia católica", opuesta a la perpetua y perene. Es instituir una unidad de gobierno democrático, separado de la unidad de fe y procedente del consenso de los hombres. El poder del Orden, el de jurisdicción ordinaria, deben tener origen divino o no son poderes válidos por las obras del arbitrio de algunos. Sin unidad de fe y de gobierno la "nueva iglesia" no trae la identidad de la verdadera Iglesia de Cristo. 
     Los acéfalos del siglo XX, son los sucesores de los acéfalos, herejes, de los siglos VI y VII; no quieren el "deber santísimo y gravísimo" de elegir un "Pastor de los pastores", fundamento visible y perpetuo de la Iglesia. Quieren una Iglesia "non tenens caput" (Col. II, 18-19), contra la Revelación: "Ubi non est gubernator populus corruet" (Prov. XI, 4). "Percutiam pastorem et dispergentur oves" (Mc. XIV, 27). Vendrán "falsos Cristos" (Mt. XXIV, 26). "Venit hora, et jam venit, ut dispergamini unusquisque in própria et me solum relinquatis" (Jo XVI, 36). "Es necesario regresar de la dispersión hacia el Señor Dios y, reunidos, subir las montañas y poseer de nuevo la Jerusalén donde están los santos (Jud. V, 23). Es necesario reunir los dispersos, librarlos del servir a los paganos (...), para que sepa el pueblo que es Dios" (2 Mac. I, 27).  
     Desprecian los medios que existen para tener el Pastor eterno, el Pastor de los pastores. Alegan falsas razones para no cumplir el deber de obrar. Inventan un deber opuesto al de la Iglesia que es el deber de creer y de hacer. Hay que separarse de los que se separan de la unidad de fe y de gobierno de la Iglesia (2 Cor VI, 14-18; MT XVIII, 17; Tit. III, 10-11; 2 Jo 9-11); hay que conservar perpetuamente las doctrinas y leyes divinas (D.S. 3020); sin retirar nada o acrecentar (Ap. 22, 18-19).

Laus Deo Nostro